Convocadas las ayudas para familias numerosas de categoría Especial

Actualidad

10 de junio de 2024

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Desde hoy, y hasta el 28 de junio, se pueden solicitar las ayudas de hasta 2.500 euros para familias numerosas de categoría Especial, parto o acogimiento múltiple y monoparentales. El objetivo es contribuir económicamente a sufragar los gastos a los que tienen que hacer frente estas familias.

Las ayudas máximas irán en función de la renta familiar, según el siguiente baremo:

  • a) Renta per cápita de hasta 1.500,00 €: Importe máximo de la ayuda.
  • b) Renta per cápita de entre 1.501,00 y 3.500,00 €: 75% del importe máximo.
  • c) Renta per cápita de entre 3.501,00 y 6.000,00 €: 50% del importe máximo.
  • d) Renta per cápita de entre 6.001,00 € y el importe del IPREM vigente: 25% del importe máximo.


Los conceptos objeto de estas ayudas son los siguientes:

  • A) Gastos de alimentación, excluidas las bebidas alcohólicas.
  • B) Tasas o precios de comedores en centros públicos o concertados.
  • C) Gastos de vestido (textil y calzado).
  • D) Gastos de farmacia y parafarmacia.
  • E) Higiénico-sanitarios.
  • F) Accesorios de puericultura.
  • G) Gastos derivados de la asistencia a Centros de Atención a la Infancia, actividades extraescolares o extensión de horario para la conciliación de la vida familiar y laboral.
  • H) Gastos derivados de la contratación de personal para la atención domiciliaria de la/las personas dependientes y menores para la conciliación de la vida familiar y laboral.
  • I) Gastos por bonos o abonos en transporte público, autobús y/o tranvía, siempre que no se tenga otra bonificación familiar por este concepto (según el artículo 5.1 b, de esta convocatoria).

Para poder optar a estas ayudas hay que presentar la solicitud en la Sede Electrónica de la CARM (Procedimiento 2792) o en cualquier oficina de Registro General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Deberán aportar la instancia (modelo anexo 1) así como el resto de documentación que corresponda.

La justificación de la cantidad recibida se hará entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2025, aportando el modelo habilitado para tal fin.

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